Régimen Sancionatorio
del IGSS es Declarado
¡INCONSTITUCIONAL!
Desde hace poco más de un año, con el apoyo del MSICG, el Comité Ejecutivo
del STIGSS ha venido luchando por eliminar la injusta persecución y acoso de
las autoridades del IGSS contra sus trabajadores y particularmente contra el
instrumento a través del cual estas prácticas se han canalizado, tal y como lo
es el caso del Acuerdo 1090 de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de
Seguridad Social.
Esta lucha finalmente ha comenzado a dar sus frutos, el día de ayer, el
Juzgado Décimo de Trabajo y Previsión Social Constituido en Tribunal
Constitucional, dentro del expediente 01173-2011-01552, en la
Inconstitucionalidad en caso concreto No. 1. Dictó auto de fecha 18 de enero de
2013, mediante el cual declara la Inconstitucionalidad en caso concreto de los
artículos 114 y 115 del Acuerdo 1090 de la Junta Directiva del IGSS, artículos
en que se fundamenta el injusto y represivo régimen sancionatorio del IGSS
contra sus trabajadores y trabajadoras.
Si bien es cierto, esta medida aún no tiene efectos generales, es una
victoria importantísima en la lucha por la dignificación de las trabajadoras y
trabajadores del IGSS.
El Comité Ejecutivo del STIGSS no puede hacer más que congratularse por este
primer gran paso con el cual se consolida el trabajo que se ha venido haciendo
de manera incansable desde que tomó posesión en la dirección del STIGSS y
expresa a todos nuestros compañeros y compañeras, afiliados y no afiliados, su
compromiso de mantener la lucha hasta poder garantizar su plena dignificación y
el cese del acoso contra la clase trabajadora del IGSS.
Guatemala, 25 de enero de 2012.
¡¡¡No es hablando que se avanza
Sino trabajando para avanzar!!!
COMITÉ EJECUTIVO
STIGSS
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